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Ravulizumab 100 mg/mL, concentrado para solución para perfusión, I. V. - RAVULIZUMAB
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Lote 1: **** - 20 Vial - Ravulizumab 100 mg/mL, concentrado para solución para perfusión, I. V. Cada Institución establecerá en el Pliego de Cargos la forma farmacéutica, la presentación y la vía de administración de acuerdo con su necesidad, a su Lista Oficial de Medicamentos y a la información descrita en la Ficha Técnica el producto a solicitar. Para la adquisición pública se solicitará por unidad. La Instalación Pública de Salud determinará en el Pliego de Cargo, la entrega, de acuerdo con su necesidad ( Envases Hospitalarios, Cajas, Blíster o cualquier otra presentación que facilite su distribución o uso). - AUTORIZACION DENSYPS- N- ****- 2026 OBSERVACIONES DE LA COMPRA: MEDICAMENTO NO LOM: SOLICITUD DE ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS PARA CASOS MUY EXCEPCIONALES. EL PROVEEDOR DEBERA PRESENTAR: COPIA SIMPLE DEL REGISTRO SANITARIO VIGENTE, O EN SU DEFECTO CERTIFICADO DE RENOVACIÓN DEL REGISTRO SANITARIO EMITIDO POR LA DIRECCIÓN NACIONAL DE FARMACIA Y DROGAS. INSERTO O MONOGRAFÍA MÉTODO DE DESTRUCCIÓN MEDICAMENTO BIOTECNOLÓGICO PROVEEDOR DEBE PRESENTAR: A. Certificado por la Dirección Nacional de Farmacias y Drogas, lo siguiente: 1. Certificado de las indicaciones clínicas aprobadas para el producto, las cuales debe coincidir totalmente con las indicaciones solicitadas por la Institución. 2. Certificación de las dosis aprobadas y vías de administración. 3. Instrucciones para la preparación, el manejo y la administración del producto. Presentar copia simple de uno de los siguientes documentos: 1. Documento que certifique la aprobación de uso del producto, emitido por la Administración de Alimentos y Drogas de los Estados Unidos ( FDA) ó 2. Documento que certifique la aprobación de uso del producto, emitido por la Agencia Europea de Medicamento ( EMA) ó 3. Certificado de Producto Farmacéutico en formato OMS ( Organización Mundial de la Salud) que indique que el producto es comercializado en por lo menos uno de los PAISES CON ALTO ÉSTANDAR enunciados en el artículo 81 de la Ley N 1 del 10 de enero de **** sobre Medicament