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Andador
SILLA DE RUEDAS PARA ADULTO, para equipar los Servicios Médicos de la Policlínica Dr. Miguel Cárdenas B. - SILLA DE RUEDAS PARA ADULTO.
silla de ruedas para adulto silla de ruedas para adulto, plegable, con descansabrazos desmontables, de plástico y acolchado, material de acero tubular cromado o acero inoxidable, resistente a la corrosión, asiento y respaldo antiinflamable, soportes para piernas con elevación, rueda delantera de 7 a 8 pulgadas, rueda trasera maciza con frenos de 23 a 24 pulgadas, soporte mínimo de 250 lbs.
Apertura de Propuestas:
Lote 1: **** - 15 Unidad - SILLA DE RUEDAS PARA ADULTO. Descripción: Para personas con dificultad de desplazamiento debido a una enfermedad o evento traumático. Especificaciones técnicas: **** descansabrazos desmontables. 1. 2. 1. De plástico y acolchado. 1. 3. Material: 1. 3. 1. De acero tubular cromado. 1. 3. 2. Acero inoxidable o 1. 3. 3. Material resistente a la corrosión. 1. 4. Asiento y respaldo de material anti- inflamable. 1. 5. Soportes para las piernas con sistema que permita elevar y bajar las piernas incluyendo posición horizontal. 1. 6. Rueda delantera. 1. 6. 1. Tamaño entre 7 " y 8". 1. 7. Rueda trasera macizas y con frenos: 1. 7. 1. Tamaño entre 23 " y 24 ". 1. 8. Que soporte un peso mínimo de 250 lbs. Presentación: UNIDAD Observaciones sugeridas para el pliego de cargos: 1. Garantía de dos ( 2) año mínimo en piezas y mano de obra, a partir de la fecha de aceptación a satisfacción. 2. Un ( 1) ejemplar del manual de operación y funcionamiento ( PREFERIBLEMENTE EN ESPAÑOL) 3. Un ( 1) ejemplar del manual de servicio y piezas ( PREFERIBLEMENTE EN ESPAÑOL) 4. Brindar entrenamiento de operación de 2 horas mínimo, programadas, al personal usuario del servicio que tendrá a su cargo la operación del equipo. 5. Certificación emitida por el fabricante de que el equipo es nuevo no reconstruido. 6. Certificación del fabricante en donde confirmen la disponibilidad de piezas de repuestos por un periodo de 5 años. HOMOLOGADA 27- 3- 06 Nota Aclaratoria: Con fundamento en lo establecido en la Resolución 790 de 11 de octubre de 2021, la Institución adquiriente no podrá modificar los rangos en el Pliego de Cargos. Solo se exceptúan aquellos casos en que la ficha técnica lo indica. Igualmente, no podrán adicionar especificaciones técnicas en los Pliegos de Cargos, que no estén contempladas en las fichas técnicas. Tampoco se podrá omitir información contenida en las especificaciones técnicas en los Pliegos de Cargos. Sólo se exceptúan aquellos casos en que la ficha técnica lo indica. FICHA TECNICA