Se convoca a subasta pública para el arrendamiento de dos kioscos tipo B en centros educativos de Bocas del Toro. Los interesados deben inscribirse hasta el 23 de abril de 2026, presentando diversos documentos como fianza de propuesta, identificación, certificado de existencia, paz y salvos, y declaración jurada de no incapacidad para contratar. Se requiere un listado de alimentos saludables a ofrecer, cumpliendo con las especificaciones técnicas detalladas en el pliego. La subasta se realizará el 28 de abril de 2026, adjudicándose al mejor postor por renglón. El pago del canon de arrendamiento y un depósito de garantía serán requeridos tras la adjudicación.
El período de arrendamiento para los kioscos es de 9 meses.
Efectuada la adjudicación, se celebrará el respectivo contrato. El adjudicatario deberá consignar el importe del canon de arrendamiento de un mes por cada año de vigencia del contrato, como depósito de garantía. El depósito de garantía y canon de arrendamiento deberá ser consignado en la cuenta del Tesoro Nacional.
Al momento de inscribirse, los proponentes deben consignar una fianza de propuesta equivalente al diez por ciento (10%) del valor estimado del bien o el importe de dos meses de arrendamiento. En caso de arrendamiento de bienes inmuebles se deberá presentar una fianza de propuesta equivalente al importe de dos (2) meses de canon de arrendamiento.
La adjudicación de este acto público se realizará por renglón al finalizar el término para pujas y repujas, se anunciará que el bien será adjudicado y se anunciará el valor de la última oferta que se tendrá como la mejor oferta.
Los proponentes interesados en participar en la presente subasta deberán inscribirse, utilizando el formulario de inscripción que se adjunta en el capítulo IV, a partir de la publicación de este acto público, hasta dos (2) días hábiles antes de la celebración del mismo. La inscripción deberá realizarse en las oficinas de la Dirección Regional de Educación de Bocas del Toro, Departamento de Nutrición el día 23 de abril de 8:00 a. m a 4:00 p. m.
Como causales de resolución administrativa del contrato, además de las establecidas en el artículo 136 del texto único de la ley 22 de ****, se adicionan: reincidir en el incumplimiento de la oferta alimentaria, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente, luego de dos llamados de atención por escrito.
Los bienes muebles/inmuebles pueden ser observados a partir del 21 y 22 de abril del 2026, en un horario de 8:00 a. m. p. m. a 4:00 p. m. , previa coordinación con la directora del plantel educativo.
El valor estimado para el renglón 1 es de B/ . **** y para el renglón 2 es de B/ . ****, sumando un total de B/ . ****.